La acción de inconstitucionalidad en Colombia: ¿puede la corte constitucional establecer límites al ejercicio ciudadano de esta acción?

La presente tesis doctoral aborda el estudio de la acción de inconstitucionalidad en Colombia, la cual existe de manera ininterrumpida desde 1910, lo que significa que en este país se hacía control de constitucionalidad abstracto 10 años antes que se creara el Tribunal Constitucional Austriaco y 19...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Mendieta González, David
Tipo de recurso: tesis doctoral
Fecha de publicación:2017
País:España
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/22257
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/22257
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:342.565.2(861)(043.2)
Recurso de inconstitucionalidad
Colombia
Derechos humanos
Derechos fundamentales
Participación ciudadana
Action of unconstitutionality
Human rights
Fundamental rights
Citizen participation
Derecho constitucional
Derecho procesal
5605.04 Derecho Constitucional
Descripción
Sumario:La presente tesis doctoral aborda el estudio de la acción de inconstitucionalidad en Colombia, la cual existe de manera ininterrumpida desde 1910, lo que significa que en este país se hacía control de constitucionalidad abstracto 10 años antes que se creara el Tribunal Constitucional Austriaco y 19 años antes de que Kelsen publicase su obra la Garantía Jurisdiccional de la Constitución y la teoría del legislador negativo. En Colombia el titular de la acción es el ciudadano, pero la Corte Constitucional ha venido limitando su acceso, estableciendo por vía jurisprudencial requisitos no contenidos ni en la Constitución ni en la ley. Se hace necesario definir que es la acción de inconstitucionalidad colombiana para luego determinar si el Tribunal Constitucional puede o no limitar su ejercicio. Se pudo concluir que la acción de inconstitucionalidad es en Colombia un derecho humano fundamental, un mecanismo de protección de derechos fundamentales y un mecanismo de participación ciudadana y que no puede la Corte Constitucional de manera arbitraria menoscabar derechos y garantías de esta índole.